domingo, 25 de abril de 2010

Los nuevos modelos de Cuentas Anuales

La Resolución de la Dirección General de Registros y del Notariado de 6 de abril de 2010 acaba de modificar, si bien superficialmente, los modelos de Cuentas Anuales a presentar en el Registro Mercantil. Se puede descargar de aquí.

La web Notarios y Registradores ha publicado un resumen de la misma:
(la reforma) tiene en esencia una doble finalidad: Por una parte incorporar diversas reformas de la normativa contable a los modelos de cuentas y por otra añadir a la memoria un nuevo apartado.
Aparte de ello se aprovecha la resolución para corregir diversos errores de carácter puramente material en los modelos publicados con anterioridad, actualizando al mismo tiempo el test de definición de errores para las cuentas en soporte informático. Veamos.
A) Documentos a presentar en el Registro Mercantil.
Dentro del apartado de novedades del depósito de cuentas del 2009, tanto para los modelos normal, abreviado y pymes, se añaden, en los documentos a presentar en el Registro Mercantil, dos documentos no mencionados anteriormente que son la declaración medioambiental y el modelo de autocartera.
B) Reformas contables.
También para cuentas normales, abreviadas y pymes, se crea una nueva partida en la cuenta de pérdidas y ganancias destinada a recoger la capitalización de gastos financieros en el precio de adquisición y el tratamiento contable del concurso de acreedores.
C) Nuevo contenido de la Memoria.
Finalmente se añade a la memoria, también de los tres modelos, un nuevo apartado relativo a la “Información sobre derechos de emisión de gases de efecto invernadero”. Este último apartado es objeto de regulación especial pues deben detallarse en el mismo la cantidad de derechos asignados, el movimiento durante el ejercicio, los gastos derivados de las emisiones, las provisiones efectuadas por el mismo concepto, los contratos de futuro, las subvenciones recibidas, las contingencias de sanciones y finalmente, en su caso, si se forma parte de una agrupación de instalaciones.

sábado, 24 de abril de 2010

Los problemas comunitarios a la propuesta española sobre la orden de protección de maltratadas

El objetivo de la propuesta española es que cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. El problema es que en algunos países estas medidas se adoptan en procedimientos penales, en otros como Alemania en procedimientos civiles y otros como Reino Unido tienen un sistema mixto, lo que dificulta crear un instrumento común.
Reding alegó que la propuesta española utiliza una base jurídica inadecuada y por ello perjudicará a las víctimas en lugar de ayudarlas y sólo beneficiará a los abogados al aumentar el número de litigios. La vicepresidenta amenazó con llevar a los Estados miembros ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo si siguen adelante con la tramitación de la orden de protección abanderada por España.
La presidencia española pretendía inicialmente que la orden de protección cubriera tanto las medidas dictadas en el ámbito penal como las del ámbito civil. Pero la Comisión sostiene que la base jurídica escogida por España sólo puede abarcar las medidas penales. La última propuesta de compromiso de la presidencia reduce la ambición inicial, pero abarca todas las medidas destinadas a proteger la seguridad de la víctima e impedir un delito, independientemente de que las dicte un juez penal o civil.
La propuesta ha sido apoyada por 15 Estados miembros.

martes, 20 de abril de 2010

La Agenda Digital europea se queda en generalidades

Texto completo: Declaración Ministerial de Granada para la Agenda Digital Europea [PDF]
El documento contiene en total 23 puntos, que comienzan con un apartado relativo a las infraestructuras. Allí se plantea por enésima vez superar la famosa «brecha digital» y hacer llegar la banda ancha a todos los ciudadanos en 2013, así como una mención a una «banda ancha de velocidad ultrarrápida» con nombre de ciencia-ficción para 2020. Ese plan a diez años incluye crear un nuevo «marco regulatorio previo», lo cual vuelve a indicar que en las últimas décadas los políticos no han aprendido gran cosa: las grandes revoluciones tecnológicas, incluyendo la propia creación de Internet, o los cambios de paradigma en las formas de acceso (banda ancha, móviles, e incluso las redes sociales) no necesitaron regulaciones previas sino ideas particulares que fueron impulsadas con pasión por gente corriente y grupos de emprendedores y empresas privadas.
En el apartado sobre la Internet abierta, la seguridad y la confianza se menciona el «carácter abierto de Internet» pero aparte de esa obviedad no se utiliza en ninguna parte ni se menciona la neutralidad de la Red, que es lo que preocupa a los expertos y lo que consideran más importante. La razón es sencilla: una vez que está garantizada la neutralidad de la Red el resto vendrá dado casi automáticamente y sin cortapisas. Sin embargo, si se quieren proteger intereses particulares de empresas o grupos no se puede abrazar abiertamente esa idea puesto que de alguna forma se hará necesario «controlar Internet» en el futuro. En este mismo apartado se habla de la protección de los datos personales y del uso de herramientas como el DNI electrónico o su equivalente, algo que distará de ser trivial pues en muchos países hay grupos que se oponen a herramientas de este tipo por considerarlas una intromisión en sus libertades civiles. Otro apartado similar se refiere a los Derechos Digitales de los Usuarios, donde se plantea escribir una especie de «carta de derechos fundamentales» que a día de hoy no existe.
Respecto al Mercado Único Digital una de las ideas es fomentar un mercado único para los contenidos y su promoción y digitalización. Es algo en cierto modo paradójico pues actualmente Internet ya está repleto de contenidos, y siempre que surgen estos temas –como cuando la crisis pega una nueva cornada– da la impresión que la única solución sea promover la creación de más contenidos… como si no hubiera ya una amplia variedad para todos los gustos. La única mención en toda la Agenda a los derechos de propiedad intelectual está incluida en este punto, pero se cae nuevamente en el tópico de «promover nuevos modelos de negocio», como si la mayoría no estuvieran inventados o los empresarios no supieran idearlos, que es su labor. A la vez que se promueve el acceso a contenidos digitales la Agenda plantea también proteger la justa remuneración de los derechos de autor, algo innecesario tal vez dado que de hecho ya está recogido en la Declaración de los Derechos Humanos.
Los últimos puntos se refieren a los Servicios Públicos Digitales y las estrategias de las Administraciones Públicas para llegar a la ciudadanía y las dimensiones internacionales de la Agenda Digital. Respecto a la Gobernanza de Internet el planteamiento es continuar en la línea de la Agenda de Túnez que lleva años negociándose.
Conclusión: Nada nuevo. La falta de mención de la neutralidad de la red es simplemente un aviso de por dónde quieren llevar a la red. Si precisamente la red se ha definido por algo es por ser libre, pero la libertad es imposible con una red no nuestral, esto es, controlada según los paquetes de contenido que se manden.

Otra cuestión curiosa es que no se ha redactado todavía la carta de derechos fundamentales de los usuarios de internet. Lo que no sé es si es bueno o malo que se redacte. Me explico: si no se defiende la neutralidad (y por ende, la libertad) en la red, ¿qué derechos se van a reconocer al usuario?

viernes, 16 de abril de 2010

Se anuncia nueva Directiva sobre el trabajo estacional

Visto en El País:
Los inmigrantes que acudan a trabajar como temporeros a algún país de la UE lo harán de acuerdo a una nueva regulación. La Comisión Europea promoverá dentro de unos meses una directiva para regular el "trabajo estacional" de extranjeros en los países miembros de la UE para evitar que se produzcan la explotación de los extranjeros. La norma permitirá el trabajo por un máximo de seis meses anuales, que podrán renovar al año siguiente. Así lo ha anunciado esta mañana la comisaria de Asuntos de Interior de la Comisión Europea, Cecilia Malmström, en la conferencia ministerial de integración, que se celebra en Zaragoza.
Se facilitaría así la movilidad de los inmigrantes a otras zonas de la UE al terminar la temporada y el establecimiento de un régimen común a toda la Unión para este tipo de contrato de trabajo.

El DUE para autónomos

Se publica en el BOE, con fecha de hoy, el Reglamento que establece cómo usar el Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de empresas individuales. Se puede considerar como un DUE para Autónomos porque como veremos va dirigido a personas físicas que cumplan una serie de condiciones. Se puede descargar aquí.

Haciendo una breve exégesis podemos señalar como caracteres fundamentales los siguientes:

miércoles, 14 de abril de 2010

El Confidencial y las escuchas

Este artículo de El Confidencial es peligroso por la confusión que puede producir en los lectores. No es lo mismo la intervención de las comunicaciones telefónicas decretadas por un juez para determinar si se ha cometido un delito entre los propios presuntos criminales, que si las comunicaciones electrónicas que se intervenienen son las que se producen entre el abogado y su cliente, que es lo que ha ocurrido en el caso de Garzón y el Gürtel.

martes, 13 de abril de 2010

El TS defiende la privacidad de los titulares de móviles e Internet

SALA GENERAL DE LA SALA SEGUNDA 23/02/10*
SEGUNDO PUNTO: Si el Ministerio Fiscal precisa de la autorización judicial  para que le sea desvelada la identidad de la persona adjudicataria de la direccción IP con la que operan los ciudadanos en Internet.*
*ACUERDO: Es necesaria la autorización judicial para que los operadores que prestan servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicación cedan los datos generados o tratados con tal motivo. Por lo cual, el Ministerio fiscal precisará de tal autorización para obtener de los operadores los datos conservados que se especifican en el art. 3 de la Ley 25/2007, de 18 de octubre. *
Hasta ahora, los fiscales y la Policía podían solicitar directamente a los operadores la identidad del titular de un número de teléfono móvil o de una dirección IP determinada.

Noticia original en El Mundo.

Publicado el Real Decreto-Ley de medidas para la recuperación económica y el empleo

El texto completo puede leerse aquí.


El resumen que hice sobre él cuando fue aprobado por el Consejo de Ministros está aquí.

Holanda debatirá el "suicidio asistido por profesionales de la salud"

El Parlamento holandés va a debatir esta nueva figura para casos de personas mayores de 70 años según la radio pública. El grupo "Of Our Own Free Will" (Por nuestra propia voluntad), ha presentado ante el Parlamento 125 mil firmas para ello, muchas más de las necesarias (40 mil) para que una iniciativa parlamentaria sea admitida.
Esta nueva figura es diferente a la eutanasia, para la que se necesitan varias opiniones de profesionales y que el paciente tenga un "sufrimiento irreprimible". Sin embargo, para el suicidio legal asistido sólo será necesario probar que se tiene deseo de morir por causas diferentes de una depresión profunda o presiones y que este consentimiento está avalado por los profesionales.
Para evitar abusos, se prevé la creación de una comisión de peritos, formada por médicos, psicólogos y enfermeros, que va a avalar la firmeza de la decisión.

lunes, 12 de abril de 2010

Absolución de los Directivos de Egunkaria: principales cuestiones

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidida por el juez Javier Gómez Benítez, ha absuelto hoy a los cinco directivos del diario «Egunkaria» acusados de pertenencia a la organización terrorista ETA por impulsar la constitución del periódico, que fue clausurado por el juez Juan del Olmo en 2003.
La Audiencia considera que su línea informativa "permitía descartar que el periódico fuera instrumento para la comisión de delitos" y que su clausura en 2003 "no tenía habilitación constitucional directa". La sentencia afirma que "el cierre provisional o cautelar de 'Egunkaria', único diario que existía en euskera, no tenía habilitación constitucional directa y carecía de una norma legal especial y expresa que la autorizara".
La Audiencia absuelve a los cinco directivos del periódico «Egunkaria» de pertenencia a ETA - Nacional_Tribunales - Nacional - ABC.es

El Tribunal considera que:

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de almacenamiento geológico del carbono

Visto en ADN.es:
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el proyecto de Ley de almacenamiento geológico de dióxido de carbono (CO2), una norma que fija el marco jurídico necesario para desarrollar esta tecnología de mitigación del cambio climático.
La técnica consiste en captar el CO2 emitido a la atmósfera por las instalaciones industriales para almacenarlo en el subsuelo de manera permanente, según ha explicado la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
La aplicación de esta regulación será compartida entre los Ministerios de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino e Industria, Turismo y Comercio y las comunidades autónomas, ha informado el Gobierno.
Con esta ley se incorpora al ordenamiento jurídico español la legislación europea y se establece una base jurídica para que se realice en condiciones seguras para el medioambiente.
El almacenamiento de carbono va a permitir "avanzar" en el objetivo de la Unión Europea de reducir las emisiones un 20 por ciento en el año 2020, un compromiso que se elevaría hasta un 30 por ciento en caso de que se alcance un acuerdo internacional equitativo, según De la Vega.
Un resumen de la legislación comunitaria a este respecto puede encontrarse en la página oficial de la Comisión Europea. Básicamente consiste en:
  1. proceder a la selección geológica de los lugares donde puede almacenarse el carbono (recogida de los datos relativos al emplazamiento, construcción de modelos informáticos que permitan la comparación entre los lugares, caracterización de la seguridad, la sensibilidad y los riesgos y, por último, proceder a realizar una evaluación de los riesgos considerando las anteriores características).
  2. El órgano competente de cada Estado miembro deberá proceder a la autorización del emplazamiento si se cumplen los requisitos establecidos por la legislación comunitaria y los que, en su caso, se añadan por el Estado miembro (en nuestro caso bien por el Estado central o por las Comunidades Autónomas).
  3. Se establecen también las condiciones de explotación, cierre y postcierre, para que el nivel del carbono almacenado no sea superior al permitido y, por tanto, pueda dañar el medio ambiente.
  4. Por último, se obliga al titular de la explotación a constituir una garantía financiera en el momento de la presentación de la solicitud, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a la explotación, cierre y postcierre del establecimiento de almacenamiento del CO2.
La Directiva en cuestión está todavía en fase de tramitación, aunque sí existe una Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones para demostrar cómo se realizaría y para apoyar su introducción. Sin embargo, llama la atención la prontitud del Gobierno al transponer esta directiva, que, repito, aún no ha sido ni siquiera aprobada, según la web de la Comisión Europea.

domingo, 11 de abril de 2010

Las obras de rehabilitación desgravables no podrán pagarse en efectivo

Esta medida se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado viernes y tiene por objeto luchar contra la economía sumergida.
El Consejo de Ministros aprobó este viernes la creación de una nueva deducción del 10% para contribuyentes de renta inferiores a 33.007 euros, con un límite de 4.000 euros.
Esta deducción se irá reduciendo progresivamente mientras aumenten los ingresos, hasta los 53.070 euros. A partir de esa renta, no tendrán derecho a la misma. Además, las cuantías que excedan los 4.000 euros pueden deducirse a lo largo de los cuatro ejercicios, con el mismo límite anual y hasta un máximo de total de 12.000 euros.
En el mismo Real Decreto-Ley existen otra serie de medidas, que pueden estructurarse de la siguiente forma:

Las escuchas del caso Gürtel

El País:
Si el artículo 18 de la Constitución reconoce el carácter de derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, el artículo 24 de la Constitución también ampara el secreto profesional para no declarar ante los tribunales sobre hechos presuntamente delictivos; el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dispensa de esa obligación "al abogado del procesado respecto a los hechos que este le hubiera confiado en su calidad de defensor".
Si a este blindaje de la confidencialidad entre el letrado y su cliente se une el ya citado derecho de los imputados a no declarar contra sí mismos y a no confesarse culpables ante el juez, cobra una gran fuerza persuasiva el argumento del auto del TSJM a favor de la invalidez de las escuchas: esto es, la posibilidad de que el acusado niegue sus culpas ante el juez pero se las confiese a su abogado facilitándole incluso "datos sustanciales sobre la comisión del delito" (cuya revelación a terceros por el letrado sería a su vez delito) necesarios para la estrategia de defensa. Si esa confidencialidad no fuese respetada, las interceptaciones judiciales permitirían obtener por esa vía datos autoincriminadores del imputado en contra de su voluntad. Frente al razonamiento de la mayoría, el tercer magistrado justifica las escuchas carcelarias -ordenadas por el auto de 19 de febrero de 2009 de Garzón- mantenidas entre los internos del caso Gürtel y "los letrados que se encuentran personados en la causa u otros que mantengan entrevistas con ellos" sólo por la mera sospecha de que esos innominados abogados pudiesen servir de enlaces a personas del exterior para proseguir una actividad criminal. Pero la ausencia de necesidad, proporcionalidad y motivación en la medida, la naturaleza del delito y la remisión genérica a la lista de abogados espiables (el auto sólo cita con su nombre a López Rubal, pronto sustituido como letrado) mellan las apelaciones del voto discrepante al confuso artículo 759 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para justificar unas abusivas escuchas.
Encontrado aquí.

Los enlaces a los textos legales los he añadido yo.
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sábado, 10 de abril de 2010

STS 9 de febrero de 2010: la pensión compensatoria y la de alimentos en el divorcio

Demanda de divorcio interpuesta por el marido, D. Juan Carlos: en ella exigía:

  1. disolución del matrimonio por divorcio.
  2. extinción de la pensión de alimentos (que venía cobrando la mujer, Dª Amalia, desde la separación).
  3. condena en costas en la sentencia que ponga fin al proceso, si la demandada (Dª Amalia) se opone.
Fallo:

1400 jueces firman un manifiesto por la independencia judicial

Expansión informa de que 1400 jueces han firmado un manifiesto por la independencia judicial respecto de los partidos políticos.

La independencia como requisito de la función judicial se encuentra recogida en el artículo 117.1 de la Constitución Española de 1978 y se incorpora como requisito fundamental en los artículos 12 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Se considera que no sólo los jueces son independientes, si no que el Poder Judicial como tal también lo es.

Digo se "considera" porque, como bien dice el juez decano de Valencia, el magistrado Pedro Luis Viguer Soles, el Consejo General del Poder Judicial se ha convertido en un "Parlamento en miniatura". La razón está en que los 20 miembros (más su Presidente) son todos elegidos por el Parlamento y el Congreso, a diferencia de la primitiva regulación que permitía que 12 de ellos fueran elegidos por los propios jueces.

Objetivos del blog

Comienzo a escribir este blog porque creo que:

  1. es necesario razonar sobre el Derecho de una manera general y no sólo entre juristas.
  2. los medios de comunicación muchas veces no se atienen al Derecho para juzgar lo que ocurre si no que se decantan más por una valoración de carácter político. Esta última, aunque sea muy útil, no vale desde el punto de vista jurídico. O no debería valer. Intentaré que no me ocurra lo mismo.
  3. La discusión es necesaria pero debe atenerse a cuestiones jurídicas, no políticas.

Espero que aprendamos todos (yo también).